Resumen rápido (30 segundos)

El reglamento interior de trabajo, que casi todos llaman «reglamento interno», es el conjunto de reglas obligatorias para tu personal y para ti sobre cómo se trabaja en tu cafetería o restaurante (Ley Federal del Trabajo, art. 422). Según el artículo 423, debe incluir horarios de entrada y salida, comidas y periodos de reposo, el uso de sillas con respaldo, días y lugar de pago, limpieza, prevención de riesgos, permisos y sanciones.

Lo elabora una comisión mixta con representantes del personal y de la empresa, y se deposita ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral en los 8 días siguientes a su firma; con el acuerdo publicado en el DOF el 19 de agosto de 2026, el trámite es en línea. Vale desde la fecha de su depósito (art. 425). Abajo tienes un ejemplo listo para adaptar, al día con las reglas de 2026: jornada de 48 horas, Ley Silla, horas extra, vacaciones y registro electrónico de la jornada.

Ejemplo de reglamento interno de trabajo para cafetería o restaurante (2026)

Copia este modelo y cambia lo que está entre corchetes; los números entre corchetes son solo un ejemplo. Está pensado para un negocio de hasta 15 personas y trae las reglas de la ley vigentes en octubre de 2026.

REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO DE [RAZÓN SOCIAL O NOMBRE DEL PATRÓN], «[NOMBRE COMERCIAL]»

Domicilio del establecimiento: [calle, número, colonia, alcaldía o municipio, estado].

CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Objeto. Este reglamento fija las reglas obligatorias para el personal y para [razón social] en el trabajo diario de [nombre comercial], conforme a los artículos 422 a 425 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Artículo 2. A quién aplica. A todas las personas que trabajan en el establecimiento: cocina, barra, piso, caja, limpieza y encargados de turno.

Artículo 3. Relación con la ley y con los contratos. Este reglamento no reduce ningún derecho que da la LFT; lo que la contradiga no tiene efecto (LFT, art. 424, fracción III). El puesto, el sueldo y el horario de cada persona están en su contrato individual de trabajo.

Artículo 4. Responsable. [El gerente o encargado general] aplica este reglamento y resuelve las dudas del personal.

CAPÍTULO II. JORNADA, HORARIOS Y DESCANSOS

Artículo 5. Jornada máxima. La jornada ordinaria no pasa de 48 horas a la semana en 2026. Ese máximo baja cada 1 de enero: 46 horas en 2027, 44 en 2028, 42 en 2029 y 40 en 2030, sin reducir sueldos ni prestaciones (LFT, art. 59, y transitorios de su reforma publicada en el DOF el 1 de mayo de 2026).

Artículo 6. Turnos. Los turnos son: matutino, de [hora] a [hora]; vespertino, de [hora] a [hora], y [otros, si aplican]. La jornada empieza y termina en [el área de personal]. El rol de turnos y descansos se publica en [el tablero del área de personal] a más tardar el [día] de la semana anterior.

Artículo 7. Descanso semanal. Por cada 6 días de trabajo, cada persona descansa al menos 1 día con goce de salario íntegro (LFT, art. 69). Su día de descanso aparece en el rol.

Artículo 8. Comidas y periodos de reposo. En la jornada continua hay un descanso de al menos 30 minutos para comer, en [lugar] (LFT, art. 63). Además, cada persona tiene periodos de reposo de [minutos] por cada [número] horas de trabajo, que acuerda con su encargado para no dejar sola su área.

Artículo 9. Uso de sillas (Ley Silla). [Razón social] pone a disposición del personal suficientes sillas con respaldo: en [caja y barra], para trabajar sentado cuando la tarea lo permita, y en [área de descanso], para los periodos de reposo. Nadie está obligado a permanecer de pie toda la jornada ni tiene prohibido sentarse de forma periódica (LFT, arts. 132, fracción V; 133, fracción XVII Bis, y 423, fracciones I y V).

Artículo 10. Registro de asistencia. La entrada y la salida se registran en [reloj checador o sistema]. A partir del 1 de enero de 2027, el registro de la jornada de cada persona será electrónico, con hora de inicio y de fin (LFT, art. 132, fracción XXXIV).

Artículo 11. Puntualidad y faltas. Hay una tolerancia de [10] minutos; después cuenta como retardo. Las faltas se avisan a [encargado] antes de que empiece el turno, y las de salud se justifican con la incapacidad del IMSS. Los retardos y las faltas sin justificar se sancionan según el capítulo IX.

Artículo 12. Horas extra. Solo se trabaja tiempo extra cuando [el encargado] lo pide y queda registrado. Cada hora extra se paga con 100 % más del salario de una hora normal, hasta 9 horas a la semana en 2026 y 2027; ese tope sube poco a poco hasta 12 horas en 2030. Si de forma excepcional se pasa del tope, no son más de 4 horas a la semana y se pagan con 200 % más, y ningún día la jornada con horas extra pasa de 12 horas (LFT, arts. 66 y 68, y transitorios de la reforma del 1 de mayo de 2026).

CAPÍTULO III. SALARIO, PAGO Y PROPINAS

Artículo 13. Salario. Ningún sueldo es menor al salario mínimo vigente ni, en los puestos que lo tienen, al mínimo profesional. En 2026, el mínimo general es de $315.04 diarios ($440.87 en la Zona Libre de la Frontera Norte); en el resto del país, el de cocinero(a) mayor es de $368.05, el de repostero(a) o pastelero(a) de $363.44, el de cantinero(a) preparador(a) de bebidas de $333.52 y el de cajero(a) de máquina registradora de $326.84 (DOF del 9 de diciembre de 2025).

Artículo 14. Días y lugar de pago. El sueldo se paga [cada semana o cada quincena], los [día de pago], por [transferencia a la cuenta de cada persona], con su recibo de nómina.

Artículo 15. Propinas. La forma de juntar y repartir las propinas está por escrito en [la política de propinas], es la misma para todo el personal y se entrega a cada persona. [Describe aquí si cada quien conserva sus propinas o si se juntan y cómo se reparten.]

CAPÍTULO IV. VACACIONES, AGUINALDO Y PERMISOS

Artículo 16. Vacaciones. Al cumplir un año de trabajo, cada persona tiene 12 días de vacaciones pagadas. Suben 2 días por cada año hasta llegar a 20 y, desde el sexto año, 2 días más por cada 5 años de servicio. Al menos 12 días se toman seguidos, y las fechas se acuerdan con [encargado] [30] días antes (LFT, arts. 76 y 78).

Años de trabajoDías de vacaciones
112
214
316
418
520
6 a 1022
11 a 1524

Artículo 17. Aguinaldo. Se paga antes del 20 de diciembre y equivale por lo menos a 15 días de salario. Quien no ha cumplido el año recibe la parte proporcional al tiempo trabajado (LFT, art. 87).

Artículo 18. Permisos y licencias. Los permisos se piden a [encargado] con [número] días de anticipación, salvo emergencias. [Lista de permisos con o sin goce de sueldo que da el negocio.]

CAPÍTULO V. HIGIENE Y MANEJO DE ALIMENTOS

Artículo 19. Higiene personal. Quien trabaja con alimentos o bebidas:

  • Se lava las manos al llegar, al cambiar de tarea, después de ir al baño y [cada 30 minutos].
  • Lleva las uñas cortas, limpias y sin esmalte.
  • Trae el cabello recogido y cubierto con cofia o gorra.
  • No usa joyería en cocina ni en barra.
  • No usa perfumes ni lociones fuertes.
  • Avisa a [encargado] si está enfermo(a) o tiene una herida en las manos, para cambiar de tarea.

Artículo 20. Manejo de alimentos y limpieza. El manejo y la conservación de los alimentos siguen la NOM-251-SSA1-2009 y los procedimientos de [nombre comercial]. La limpieza profunda de cocina, barra, equipo y utensilios se hace los [días], de [hora] a [hora], según el rol de limpieza.

Artículo 21. Exámenes médicos. El personal se hace los exámenes médicos [de ingreso y periódicos] en [cuándo y dónde], y sigue las medidas preventivas que dicten las autoridades.

CAPÍTULO VI. UNIFORME Y PRESENTACIÓN

Artículo 22. Uniforme. El personal llega con el uniforme completo y limpio: [playera o filipina del establecimiento], [pantalón negro], [mandil, cuando aplique] y zapato cerrado antiderrapante. [Razón social] entrega [número] uniformes [al ingresar y cada año].

CAPÍTULO VII. SEGURIDAD, PRIMEROS AUXILIOS Y BIENESTAR

Artículo 23. Prevención de riesgos. Para evitar cortes, quemaduras, caídas y fugas de gas:

  • Se usa el equipo de protección que entrega el negocio, como [guantes anticorte y mandil].
  • Los pasillos y las salidas se mantienen libres, y lo que se derrama se limpia de inmediato.
  • Las llaves del gas se cierran al terminar el turno; lo revisa [el encargado de cierre].
  • Nadie usa un equipo que no le hayan enseñado a usar.

Artículo 24. Primeros auxilios y emergencias. El botiquín está en [lugar] y los extintores en [lugar]. Todo accidente se reporta de inmediato a [encargado]. [Nombre] es la persona capacitada en primeros auxilios y la ruta de evacuación está en [lugar].

Artículo 25. Menores de edad y trabajadoras embarazadas. [Si aplica: labores que no hacen las personas menores de edad y medidas de protección para las trabajadoras embarazadas.]

Artículo 26. Riesgos psicosociales (NOM-035). [Razón social] tiene una política escrita para prevenir los riesgos psicosociales y la violencia laboral, y un buzón confidencial para recibir quejas en [lugar o medio]. Quien viva un acontecimiento traumático severo en el trabajo se canaliza a [IMSS o atención médica]. Esta información se da a conocer a todo el personal (NOM-035-STPS-2018, numeral 2, inciso a).

CAPÍTULO VIII. CONDUCTA, CAJA E INVENTARIO

Artículo 27. Trato. Todo el personal trata con respeto a sus compañeros y a los clientes. No se toleran insultos, acoso ni discriminación.

Artículo 28. Prohibiciones durante el turno. No se permite:

  • Usar el celular en el área de trabajo, salvo emergencias o si el puesto lo requiere.
  • Consumir alimentos o bebidas del negocio sin autorización.
  • Recibir visitas personales o salir del establecimiento sin avisar.
  • Fumar fuera de las áreas permitidas.
  • Presentarse en estado de ebriedad o bajo el efecto de drogas.

Artículo 29. Caja. Quien atiende la caja responde por el efectivo de su turno. Al terminar, hace el corte y lo entrega firmado a [encargado], según el procedimiento de [nombre comercial].

Artículo 30. Inventario y equipo. Los faltantes de producto y los daños al equipo se reportan de inmediato a [encargado], que levanta un reporte por escrito.

CAPÍTULO IX. FALTAS, SANCIONES Y PROCEDIMIENTO

Artículo 31. Faltas leves. Se sancionan con amonestación verbal:

  • El primer retardo del mes.
  • Llegar con el uniforme incompleto.
  • Dejar en desorden el área de trabajo.

Artículo 32. Faltas graves. Se sancionan con amonestación por escrito o con suspensión de [1 a 3] días:

  • [Tres] retardos en un mes o una falta sin justificar.
  • No cumplir las reglas de higiene.
  • Tratar mal a clientes o compañeros.

Artículo 33. Faltas muy graves. Se sancionan con suspensión de hasta 8 días o, si encajan en una causa del artículo 47 de la LFT, con la rescisión de la relación de trabajo:

  • Robo o fraude.
  • Agresión física o insultos graves.
  • Trabajar en estado de ebriedad o bajo el efecto de drogas.
  • Violar gravemente las reglas de seguridad o de higiene.

Artículo 34. Procedimiento. Antes de aplicar cualquier sanción, [el encargado] escucha a la persona trabajadora y deja constancia por escrito. La suspensión nunca pasa de 8 días y ninguna sanción puede ser una multa (LFT, arts. 107 y 423, fracción X).

CAPÍTULO X. DISPOSICIONES FINALES

Artículo 35. Elaboración y depósito. Este reglamento lo elaboró una comisión mixta formada por [nombres], en representación del personal, y [nombres], en representación de [razón social]. Cualquiera de las partes lo deposita ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral dentro de los 8 días siguientes a su firma (LFT, art. 424).

Artículo 36. Vigencia y difusión. Este reglamento surte efectos desde la fecha de su depósito. Se imprime, se entrega un ejemplar a cada persona y se fija en [los lugares más visibles del establecimiento] (LFT, art. 425).

Firmado en [ciudad], el [día] de [mes] de [año].

Por el personal: [nombre y firma] · [nombre y firma]

Por [razón social]: [nombre y firma] · [nombre y firma]

Cómo adaptar el ejemplo a tu negocio

Lo que tu reglamento debe decir en 2026

La Ley Silla (vigente desde el 17 de junio de 2025) y la reforma que baja la jornada a 40 horas (DOF del 1 de mayo de 2026) cambiaron varias reglas. Si tu reglamento es anterior, actualízalo en la comisión mixta y deposita la versión nueva: solo surte efectos desde su depósito (LFT, art. 425).

TemaRegla vigente en 2026Fuente
Contenido mínimoHorarios, comidas y reposo, inicio y fin de la jornada, limpieza, días y lugar de pago, sillas, riesgos y primeros auxilios, menores y embarazadas, exámenes médicos, permisos y sancionesLFT, art. 423
Jornada48 horas a la semana; 46 en 2027, 44 en 2028, 42 en 2029 y 40 en 2030, sin bajar sueldosLFT, art. 59; DOF 01-05-2026
Descanso semanalAl menos 1 día por cada 6 de trabajo, con salario íntegroLFT, art. 69
Horas extra100 % adicional hasta 9 a la semana en 2026 y 2027 (12 en 2030); pasando ese tope, máximo 4 horas más, con 200 % adicionalLFT, arts. 66 y 68; DOF 01-05-2026
Registro de jornadaElectrónico, con hora de inicio y de fin; reglas desde el 1 de enero de 2027; multa de 250 a 5,000 UMALFT, arts. 132-XXXIV y 994
Ley SillaSillas con respaldo para trabajar y descansar; nadie de pie toda la jornada; el reglamento regula su uso y el reposoLFT, arts. 132-V, 133-XVII Bis y 423; vigente desde el 17-06-2025
Vacaciones12 días al cumplir el primer año; 2 más por año hasta 20; desde el sexto año, 2 más cada 5 añosLFT, arts. 76 y 78
AguinaldoAl menos 15 días de salario, antes del 20 de diciembreLFT, art. 87
Salario mínimo$315.04 diarios; $440.87 en la Zona Libre de la Frontera NorteDOF 09-12-2025
NOM-035 (hasta 15 personas)Política escrita, buzón confidencial, canalizar a quien viva un acontecimiento traumático severo e informar al personal; sin cuestionariosNOM-035-STPS-2018
SancionesEscuchar antes de sancionar; suspensión de hasta 8 días; nunca multasLFT, arts. 107 y 423-X
DepósitoAnte el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, en línea, dentro de los 8 días siguientes a la firma; vale desde el depósitoLFT, arts. 424 y 425; DOF 19-08-2026

Cómo registrar tu reglamento interno en 2026, paso a paso

Con el acuerdo de simplificación publicado en el DOF el 19 de agosto de 2026, el trámite «Depósito de Reglamento Interior de Trabajo» se hace en línea ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL).

  1. Forma la comisión mixta con representantes del personal y de la empresa. Ellos elaboran y firman el reglamento (LFT, art. 424, fracción I).
  2. Levanta el acta de integración de la comisión mixta. Anexa la identificación oficial vigente con fotografía de quienes firman y el documento que acredita a cada uno: su designación en la comisión o, por la empresa, el acta constitutiva o el poder notarial de su representante.
  3. Prepara los archivos en PDF: el reglamento firmado y el acta con sus anexos.
  4. Entra al sistema en línea del CFCRL con tu Llave MX, llena el formulario y sube los archivos dentro de los 8 días siguientes a la firma (LFT, art. 424, fracción II).
  5. Espera la respuesta: el plazo bajó de 20 a 15 días hábiles.
  6. Imprímelo, entrega un ejemplar a cada persona y fíjalo en un lugar visible del local. Surte efectos desde la fecha de su depósito (LFT, art. 425).

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio el reglamento interno de trabajo?

La Ley Federal del Trabajo no tiene un artículo que obligue a todo negocio a tener uno, pero sí dice qué debe contener (art. 423) y que solo surte efectos desde que se deposita (art. 425). Si no lo depositas, no puedes apoyarte en él, por ejemplo, para suspender a alguien. Y si ya tienes uno, desde la Ley Silla debe regular el uso de las sillas y los periodos de reposo.

¿Dónde se registra el reglamento interno en 2026?

Ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, en línea. Entras con tu Llave MX, llenas el formulario y subes en PDF el reglamento y el acta de integración de la comisión mixta, dentro de los 8 días siguientes a su firma (LFT, art. 424). Con el acuerdo publicado en el DOF el 19 de agosto de 2026, la respuesta tarda hasta 15 días hábiles; antes eran 20.

¿Qué cambia con la Ley Silla?

Se publicó en el DOF el 19 de diciembre de 2024 y está vigente desde el 17 de junio de 2025. Obliga a tener suficientes sillas con respaldo para trabajar o descansar y prohíbe tener al personal de pie toda la jornada (LFT, arts. 132 y 133). Tu reglamento debe regular el uso de las sillas y los periodos de reposo (art. 423, fracciones I y V); el plazo de 180 días para ajustar la normativa interna venció en diciembre de 2025.

¿Cuántas horas puede trabajar mi personal en 2026?

Hasta 48 horas a la semana de jornada ordinaria, con al menos 1 día de descanso por cada 6 de trabajo; el máximo baja cada 1 de enero (46 horas en 2027, 44 en 2028, 42 en 2029 y 40 en 2030), sin bajar el sueldo. Aparte, en 2026 puede haber hasta 9 horas extra a la semana, pagadas con 100 % adicional (LFT, art. 66). Si se pasan de ese tope, son máximo 4 horas más, con 200 % adicional, y nadie está obligado a trabajarlas (art. 68).

¿Cuántos días de vacaciones le tocan a un trabajador?

Al cumplir el primer año, 12 días; después, 2 más por cada año hasta llegar a 20 y, desde el sexto año, 2 más por cada 5 años. Al menos 12 días deben tomarse seguidos (LFT, arts. 76 y 78). La tabla está en el artículo 16 del ejemplo.

¿Cuántos días puedo suspender a un trabajador?

Hasta 8 días, y solo después de escuchar a la persona (LFT, art. 423, fracción X). La sanción tiene que estar en tu reglamento, que vale desde su depósito, y nunca puede ser una multa (art. 107).


Conclusión

Un buen reglamento evita discusiones en pleno servicio: todos saben a qué hora entran, cómo se reparten las propinas y qué pasa si alguien falta. En 2026 tiene que reflejar la jornada de 48 horas, regular las sillas y el reposo, y estar depositado ante el Centro Federal para que surta efectos. Si apenas vas a abrir, revisa también los permisos para abrir un restaurante o cafetería en México.

Las reglas de caja y de propinas se cumplen más fácil cuando todo queda registrado: con PoloTab, la caja se cierra por turno y la propina se registra aparte de la venta. Administra tu operación y tu equipo con PoloTab.

Fuentes oficiales

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